- No hubo calumnias ni actos anticipados de campaña; solo crítica válida sobre el video donde se le evidencia sobre el incumplimiento a una promesa de bajarse el sueldo cuando fuera Presidente de Zamora.
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) dio un revés cotundente a la denuncia interpuesta por el alcalde con licencia Martín Samaguey Cárdenas por supuestos actos anticipados de campaña y calumina al no soportar una retroalimentación del partido blanquiazul hacia su proceder.
El pleno del organismo determinó que no hay tales hechos expuestos por Samaguey Cárdenas de acuerdo a la propuesta de sentencia presentada por la magistrada Yolanda Camacho al considerar que son insuficientes las evidencias mostradas y basadas en un video de la red social de facebook.
“La supuesta evidencia está en el perfil del PAN Zamora en donde se observa que no se hace promoción o llamado al voto. La propagación fue realizada por un dirigente de partido no por alguno de los candidatos y en consecuencia no se considera una falta”, explicó.
En la sentencia también se menciona que en el video se observa que no se imputan hechos o delitos concretos, por el contrario solo se manifiesta una opinión crítica en contra de quien meses atrás era alcalde de esta localidad.
“Los denunciantes tampoco presentaron evidencias contundentes para desvirtuar lo presentado en el contenido del video por lo que se declara improcedente cualquier trámite al respecto”, agregó a un día de que sean efectuadas las elecciones en este municipio.